El 14 de agosto de 2021 se publicó en el Diario de Centro América el Decreto Gubernativo (DG) No. 6-2021 que declara Estado de Calamidad Pública (ECP) de fecha 13 de agosto, que en su Artículo 14 convoca al Congreso de la República de Guatemala (Congreso) a su modificación, ratificación, aprobación o improbación. Esta obligación del Congreso debe realizarse en un plazo de tres días a partir del conocimiento del citado decreto según el Artículo 138 de la Constitución Política de la República de Guatemala (CPRG): “… en el propio decreto, se convocará al Congreso, para que, dentro del término de tres días, lo conozca, ratifique, modifique o impruebe. En caso de que el Congreso estuviere reunido, deberá conocerlo inmediatamente.”
El equipo de investigación de Cristosal brinda monitoreo constante a las violaciones en materia de derechos humanos, para brindar información oportuna y certera sobre las causas y efectos de estas sobre las poblaciones vulneradas. Alimentado por datos provenientes de instituciones Estatales, de sociedad civil y de cooperación internacional, sus publicaciones fortalecen la labor de defensa y promoción de los derechos humanos en el Norte de Centroamérica.